A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Sociedad Quinta Generacion Sas·Respondent Patrimonio Autonomo Fondo Colombia En Paz Pa Fcp 2019
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias alrededor de contratos en los que intervengan patrimonios autónomos constituidos por transferencia de recursos del Estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 035 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Tercera, y el Juzgado 057 Civil del Circuito de la misma ciudad, causado por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la sociedad Quinta Generación S.A.S., en contra del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz y del Consorcio FCP 2019, en calidad de vocero y administrador del PA FCP, para que se declare la nulidad del informe definitivo de evaluación de las ofertas; de la carta de aceptación de la propuesta y, del contrato celebrado entre el PA FCP y la sociedad Imagroup Colombia S.A.S., por considerar que se incurrió en irregularidades en la Convocatoria Abierta No. 008 de 2022.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el PA FCP pertenece al DAPRE, que actúa como fideicomitente en el contrato de fiducia celebrado con el Consorcio FCP 2019.
El origen de los recursos, la naturaleza de la entidad que constituyó el PA y la finalidad que persigue el mismo, hacen concluir que el PA FCP se asimila a una entidad pública.
Se reitera lo dispuesto en Auto 1978/24 que, según artículo 104.2 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de controversias suscitadas sobre contratos en los que intervengan patrimonios autónomos, siempre que aquellos sean constituidos por el Estado mayormente con recursos públicos, a través de fiducias mercantiles para desarrollar programas y proyectos de interés público y con independencia de la naturaleza jurídica de la sociedad que ejerza su administración y vocería.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 035 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Tercera, y el Juzgado 057 Civil del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 035 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Tercera, es la autoridad competente para conocer la demanda de controversias contractuales presentada por Quinta Generación S.A.S., en contra del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz -PA FCP- y del Consorcio FCP 2019, como vocero y administrador del PA FCP.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6319 al Juzgado 035 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Tercera, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 057 Civil del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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